La información sobre las detenciones policiales a presuntos miembros de Causa Galicia, no vulnera el Código Deontológico del Periodismo

La noticia publicada en diversos medios de comunicación, no vulnera ni el respeto a la verdad, ni el derecho a la propia imagen, ni el principio de inocencia como denuncia el demandante

 

La Comisión de Arbitraje Quejas y Deontología del Periodismo, en su última reunión, ha tramitado dos resoluciones, una sobre  la queja de Mediaset contra el diario El Economista, y la presentada contra varios medios de comunicación al informar de unas detenciones policiales a presuntos miembros de Causa Galicia  por enaltecimiento del terrorismo.

En esta misma reunión se debatió el informe sobre la Violencia paterno-filial elaborado por la  Comisión de Ética del Asociación de Periodistas de la Rioja con Fundación Pioneros.

 

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Madrid 11 de julio de 2016.  En relación con la noticia publicada en los diarios La Voz de Galicia, El Correo Gallego, ABC, El Mundo, El País, Atlántico Diario, Diario el Progreso, La Región, y las Agencias Europa Press y EFE  en la que se informaba sobre una serie de detenciones policiales referidas a presuntos miembros de la organización Causa Galicia por enaltecimiento del terrorismo,  la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo declara que lo recogido en  el citado conjunto de medios de comunicación no vulnera el Código Deontológico del Periodismo. Según consta en la Resolución  2016/123 “ La información es veraz,  responde a unas circunstancias objetivas como es el hecho de unas detenciones policiales dirigidas por la Audiencia Nacional, y los detalles incluidos en la narración de los hechos responden a la especial sensibilidad social que suscita el terrorismo”.

El demandante se queja “del trato dispensado por los medios de comunicación anteriormente citados,  en el transcurso de las detenciones realizadas en Galicia en octubre de 2015 que equipara a los inculpados a culpables y vulnera de manera innecesaria su derecho inviolable a la dignidad y la intimidad”.

 A este respecto, en las alegaciones presentadas por tres de los medios aludidos  (EFE, El País y Faro de Vigo) coinciden: los hechos son de evidente interés general al referirse a una importante operación de la Guardia Civil, dirigida por la Audiencia Nacional. La información es veraz, al versar sobre unas circunstancias objetivas, como es el hecho de unas detenciones policiales. Y la titulación no es especulativa, ya que se  limita  a exponer el hecho en sí de la detención.

Las alegaciones presentadas por dichos medios son de una gran claridad y muestran las bases del buen ejercicio profesional. Se trata de informaciones neutrales que reflejan un operativo ordenado en el ámbito de diligencias penales abiertas en materia de especial sensibilidad social como es el terrorismo.

 

 

Por otro lado,  la Comisión ha estudiado  la  queja  presentada por Mediaset contra ECOPRENSA, editora del diario El Economista por las reiteradas noticias difundidas por este medio relativas al grupo. En su denuncia  alega determinados comportamientos informativos “que se han dedicado sistemáticamente a tergiversar, cuando no falsear directamente, toda la información referente a Mediaset, con la evidente intención de causarle un perjuicio”. En este sentido MEDIASET reconoce haber emprendido la senda judicial para obtener rectificaciones amparadas por la Ley Orgánica 2/1984. Por esa misma razón, no es posible que la Comisión se pronuncie sobre la materia de las rectificaciones reservada por la Ley al ámbito jurisdiccional, al que MEDIASET manifiesta haber accedido.

El análisis de los textos examinados por la Comisión, revela que los contenidos de la información, aunque estén acotados y seleccionados con parcialidad, no son sustancialmente inveraces y señala que al  acudir MEDIASET ante la jurisdicción a los efectos de la Ley 2/1984 (reguladora del derecho de rectificación),  es a esta sede,  a la que  concierne la valoración de las posibles “inexactitudes” que hubieran de ser, en su caso, rectificadas,  al amparo de los arts. 1º y 5º de la referida Ley.

Por otra parte, señala la resolución, “aunque es explicable la sensación de acoso que el Sr. Vasile siente al contemplar la reiterativa publicación de su imagen en la cabecera de las noticias referentes a MEDIASET, no puede considerarse que ello constituye una lesión en su intimidad, pues su liderazgo respecto de un grupo mediático tan significativo le deja sometido a una mayor exposición, y reduce, por tanto, el núcleo constitucionalmente protegido de su intimidad. Siempre, claro está, que las imágenes no quebranten ese núcleo básico, lo que en este caso no sucede, a juicio de la Comisión”.

Por lo descrito anteriormente, la Resolución 2016/124, emitida por la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo, señala que “las publicaciones realizadas en EL ECONOMISTA, editado por la mercantil ECOPRENSA, objeto de denuncia formulada por MEDIASET, y examinada en la presente resolución, no comportan las infracciones del Código Deontológico de la profesión periodística denunciadas en su día.

No resulta procedente la práctica del requerimiento solicitado por MEDIASET al formular su denuncia”.

 

 

En otro orden de cosas, a petición de la Asociación de Periodistas de la Rioja, la Comisión ha estudiado el informe elaborado por la Comisión Ética de esta asociación, en colaboración con la  Fundación Pioneros, para abordar  noticias sobre violencia filio-parental en los medios de comunicación.

El tratamiento adecuado de los menores y la familia en los medios de comunicación es un aspecto de la deontología profesional del periodismo que preocupa especialmente a la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología.

En este sentido, la Comisión presentó en abril de 2014 un dictamen que articulaba  algunas pautas para adecuar el tratamiento de los menores en los medios a la normativa internacional sobre sus derechos  y al propio Código Deontológico de la FAPE. El dictamen de la Comisión afirma literalmente: “el dilema entre el derecho de los menores a ser protegidos y el derecho de los ciudadanos a recibir información en aplicación del derecho a la libertad de expresión se dirime claramente a favor de los menores tanto en el nivel normativo como en el deontológico.”

En este marco, se ha tomado en consideración el documento presentado por el Colegio de Periodistas de La Rioja en colaboración con Fundación Pioneros. Dicho documento presenta algunas sugerencias para abordar un problema en auge: la violencia filio- parental.  Después de un amplio debate, se ha procedido a introducir algunas puntualizaciones de fondo y forma, no sustanciales, ya que en opinión de los miembros, el documento no aporta sugerencias nuevas al dictamen ya  emitido en 2014 por esta Comisión.

*Se adjunta el texto entero, con la inclusión de los  matices. Adición al informe con fecha 29 de junio de 2016. Sugerencia de la Asociación de Periodistas de La Rioja en la página número 20.

 

 

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo se constituye como órgano  ético de la profesión desde la autorregulación independiente y responsable, y vela por el cumplimiento del Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo está integrada en la Alliance of Independent Press Councils of Europe.

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